Seguridad vial

Con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir hechos de tránsito, la Agencia Nacional de Seguridad Vial implementa la restricción a la circulación de camiones durante fines de semana largo y recambios de quincena.
La medida, desarrollada junto a la Dirección Nacional de Vialidad, se aplica a camiones de más de 3.500 kg en las rutas nacionales del país y en los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fechas y horarios

La Disposición establece el siguiente cronograma:

FECHA HORARIO SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR *
Domingo 15 de Enero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Ascendente (salida) – Descendente (regreso)
Ascendente (salida) – Descendente (regreso)
Martes 31 de Enero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Descendente (regreso)
Descendente (regreso)
Miércoles 01 de Febrero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Ascendente (salida) – Descendente (regreso)
Ascendente (salida) – Descendente (regreso)
Martes 14 de Febrero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Descendente (regreso)
Descendente (regreso)
Miércoles 15 de Febrero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Descendente (regreso) – Ascendente (salida)
Descendente (regreso) – Ascendente (salida)
Viernes 24 de Febrero 20:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)
Martes 28 de Febrero 06:00 a 09:59 hs.
20:00 a 23:59 hs.
Descendente (regreso)
Descendente (regreso)
Jueves 23 de Marzo 20:00 a 23:59 hs. Ascendente (salida)
Domingo 26 de Marzo 20:00 a 23:59 hs. Descendente (regreso)
Miércoles 12 de Abril 18:00 a 21:59 hs. Ascendente (salida)
Domingo 16 de Abril 18:00 a 21:59 hs. Descendente (regreso)
Viernes 28 de Abril 18:00 a 21:59 hs. Ascendente (salida)
Lunes 01 de Mayo 18:00 a 21:59 hs. Descendente (regreso)
Miércoles 24 de Mayo* 18:00 a 21:59 hs. Ascendente (salida)
Domingo 28 de Mayo* 18:00 a 21:59 hs. Descendente (regreso)
Viernes 16 de Junio* 18:00 a 21:59 hs. Ascendente (salida)
Martes 20 de Junio* 18:00 a 21:59 hs. Descendente (regreso)

* De aplicación condicional en caso que se decrete, mediante acto respectivo, el denominado «FERIADO PUENTE».

 

Quedan exceptuados de la medida:

Transportes de leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, de animales vivos, de productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, de atención de emergencias, de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío; cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo, de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; de transporte de medicinas; de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos; de transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial; de transporte de sebo, huesos y cueros.

 

* Sentido de flujo vehicular en:

  • Autopista de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en toda su extensión.
  • Aupista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA.
  • Aupista RN 9 desde el Km 0 hasta la Av. Circulación en la Ciudad de CÓRDOBA.
  • Autovía RN 12 desde el Km 80 al 159.91.
  • Autovía RN 12 desde el Km 1390.9 al 1396.
  • Autovía RN 12 desde el Km 1636.87 al 1638.
  • Autovía RN 14 desde el Km 0 al 504.38.